Subsidio de Vivienda para Adultos Mayores en Chile: Requisitos y Postulación

Subsidio de Vivienda para Adultos Mayores en Chile
Las personas mayores en Chile pueden acceder a distintas alternativas habitacionales del Estado, dependiendo de si necesitan arrendar, comprar, construir, mejorar una vivienda o ingresar temporalmente a una solución habitacional con apoyo social. No existe un único beneficio denominado oficialmente “subsidio de vivienda para adultos mayores”, sino varios programas que incorporan condiciones especiales, facilidades de postulación o puntajes adicionales para quienes tienen 60 años o más.


Entre las opciones más conocidas se encuentra el Subsidio de Arriendo para Personas Mayores y Personas con Discapacidad, que puede cubrir entre el 90% y el 95% del valor mensual del arriendo. También existen el Subsidio de Arriendo regular, el Fondo Solidario de Elección de Vivienda, conocido como DS49, el Subsidio para Sectores Medios DS1 y los Condominios de Viviendas Tuteladas administrados en coordinación con el Servicio Nacional del Adulto Mayor.


Cada programa tiene reglas diferentes. Algunos exigen ahorro previo, otros no. Algunos permiten comprar una vivienda en propiedad, mientras otros solamente ayudan a pagar un arriendo o entregan una vivienda en comodato durante un período determinado. También cambian los porcentajes exigidos en el Registro Social de Hogares, los documentos, las fechas de postulación y las condiciones familiares.

Al 13 de julio de 2026, el llamado especial de arriendo para personas mayores publicado en 2025 se encuentra cerrado. Sin embargo, el llamado regular al Subsidio de Arriendo 2026 está abierto desde el 7 de julio hasta el 7 de agosto de 2026 y contempla que las personas que superan los 60 años puedan postular sin necesidad de incorporar un núcleo familiar. El primer llamado nacional 2026 del Subsidio DS1, en cambio, finalizó el 30 de junio de 2026.

Debido a que las fechas y condiciones cambian entre convocatorias, siempre se debe revisar la información vigente en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, el portal ChileAtiende, el SERVIU de la región y, cuando corresponda, el Servicio Nacional del Adulto Mayor.

Este artículo explica las principales alternativas disponibles, sus diferencias, los requisitos habituales, los documentos que conviene preparar, la forma de postular y las precauciones necesarias para evitar errores o fraudes.


Certificado de Nacimiento
Certificado de Defunción
Certificado de Matrimonio
Certificado de Antecedentes
Certificado Laboral
Reservar Hora
Anular Hora

La necesidad habitacional de una persona mayor puede adoptar formas muy distintas. Algunas personas tienen ingresos suficientes para pagar una parte del arriendo, pero necesitan apoyo mensual. Otras poseen ahorro y desean comprar una vivienda. También existen personas que viven como allegadas, enfrentan hacinamiento, no cuentan con redes familiares o requieren una solución especialmente adaptada a su movilidad y autonomía.


Por esta razón, antes de iniciar una postulación es necesario identificar qué problema se desea resolver:

  • Pagar una parte del arriendo de una vivienda.
  • Comprar una casa o departamento sin crédito hipotecario.
  • Comprar una vivienda complementando el subsidio con ahorro o crédito.
  • Construir en un terreno propio.
  • Construir una segunda vivienda dentro de un terreno familiar.
  • Acceder temporalmente a una vivienda adaptada con acompañamiento social.
  • Mejorar o adaptar una propiedad existente.
  • Dejar de vivir como allegado.
  • Trasladarse a una vivienda más accesible.

La elección incorrecta de un programa puede llevar a reunir documentos que no sirven, abrir una cuenta con un ahorro insuficiente o esperar una convocatoria que no corresponde a la situación real de la persona.

Por ejemplo, el subsidio especial de arriendo para personas mayores no entrega una vivienda en propiedad. Su finalidad es ayudar a pagar una renta mensual. En cambio, el DS49 puede permitir comprar una vivienda sin deuda hipotecaria, pero exige pertenecer a un tramo de mayor vulnerabilidad, contar con ahorro y esperar un llamado habilitado.


Los Condominios de Viviendas Tuteladas tampoco transfieren el dominio de la vivienda. Las unidades se entregan en comodato a personas mayores autovalentes que necesitan apoyo habitacional y social. La disponibilidad depende de los cupos existentes.

Antes de postular conviene responder las siguientes preguntas:

  • ¿La persona quiere arrendar, comprar o construir?
  • ¿Tiene una cuenta de ahorro para la vivienda?
  • ¿Cuánto dinero puede ahorrar o pagar cada mes?
  • ¿En qué tramo del Registro Social de Hogares se encuentra?
  • ¿Vive sola o con otras personas?
  • ¿Tiene una vivienda, derechos sobre una propiedad o un subsidio anterior?
  • ¿Cuenta con ClaveÚnica?
  • ¿Necesita una vivienda accesible?
  • ¿Es autovalente o requiere cuidados permanentes?
  • ¿Existe actualmente una convocatoria abierta?

Las respuestas permiten orientar la búsqueda hacia un programa realista y evitar decisiones basadas únicamente en el nombre popular de un beneficio.

Tabla del Contenido

Información principal

Qué se entiende por persona mayor

En las políticas públicas chilenas se considera generalmente persona mayor a quien tiene 60 años o más. No obstante, cada llamado puede establecer una redacción particular para definir quién puede postular y cuándo debe cumplirse la edad.

En el llamado especial de arriendo de 2025 se aceptó a quienes tenían más de 60 años al momento de postular o cumplían esa edad durante el año calendario del llamado. En otras convocatorias se utiliza la expresión “60 años o más” o se exige superar los 60 años para acceder a una excepción determinada.


Por eso, no basta con asumir que cumplir 60 años otorga automáticamente todos los beneficios. Debe leerse la resolución y la ficha correspondiente al llamado vigente.

No existe un solo subsidio para personas mayores

Las alternativas principales pueden organizarse de la siguiente manera:

ProgramaFinalidad¿Entrega propiedad?Situación al 13 de julio de 2026
Arriendo especial para personas mayores y con discapacidadCubrir entre el 90% y el 95% de un arriendoNoÚltimo llamado publicado, cerrado desde el 30 de abril de 2025
Subsidio de Arriendo regular 2026Ayudar a pagar mensualmente un arriendoNoAbierto del 7 de julio al 7 de agosto de 2026
Fondo Solidario DS49Comprar o construir una vivienda sin deuda hipotecariaDepende de llamados específicos; no hay un llamado individual general abierto permanentemente
Subsidio DS1Comprar o construir con ahorro y recursos complementariosPrimer llamado 2026 cerrado el 30 de junio
Condominios de Viviendas TuteladasEntregar una solución habitacional temporal con apoyo socialNo, se asigna en comodatoPostulación durante todo el año, sujeta a cupos

La alternativa más conveniente depende del ingreso, ahorro, tramo del RSH, nivel de autonomía, composición familiar y urgencia habitacional.

Subsidio de Arriendo especial para personas mayores

Este llamado está dirigido específicamente a personas mayores y personas con discapacidad que necesitan una solución de arriendo y se encuentran en situación de vulnerabilidad.

El beneficio permite cubrir entre el 90% y el 95% de la renta mensual. La persona beneficiaria debe pagar un copago equivalente aproximadamente al 5% o al 10% del arriendo, dependiendo de su condición socioeconómica.

La última convocatoria oficial publicada corresponde a 2025 y se encuentra cerrada. Las postulaciones estuvieron abiertas entre el 1 y el 30 de abril de 2025.

El hecho de que la página del programa continúe disponible no significa que se pueda postular en cualquier momento. Es necesario esperar que el MINVU publique un nuevo llamado con sus propias fechas y condiciones.

Requisitos del último llamado especial

En la convocatoria de 2025 se exigió:

  • Ser una persona mayor de 60 años al momento de postular o cumplir esa edad durante el año calendario.
  • También podían postular personas mayores de 18 años con discapacidad inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Pertenecer hasta el tramo del 70% del Registro Social de Hogares.
  • Acreditar ingresos mensuales familiares entre 5 y 25 UF.
  • Contar con cédula de identidad vigente.
  • No ser propietario de una vivienda adecuada para resolver la necesidad habitacional, conforme a las reglas del programa.
  • No encontrarse afecto a impedimentos derivados de beneficios habitacionales anteriores, salvo excepciones permitidas.

Por cada integrante familiar que excedía de tres, el límite máximo de ingresos podía aumentar en 8 UF.

No exigía ahorro mínimo

Una de las principales ventajas de este llamado es que no requería ahorro previo en una cuenta para la vivienda.

Esta condición lo diferencia del subsidio de arriendo regular, del DS49 y del DS1, que sí pueden exigir un saldo mínimo.

Cobertura del arriendo

La cobertura podía alcanzar entre el 90% y el 95% de la renta mensual. La proporción se determinaba según la vulnerabilidad de la persona beneficiaria.

Por ejemplo, si un arriendo aceptado por el programa tenía un valor de $300.000 y la cobertura asignada era del 95%, el subsidio podía financiar una parte equivalente a $285.000, mientras la persona debía aportar aproximadamente $15.000, sujeto a los límites en UF y a las reglas del contrato.

Valor máximo del arriendo

El último llamado permitió aplicar el subsidio en viviendas con rentas de hasta 11 UF mensuales.

En determinadas regiones el límite podía aumentar hasta 13 UF. Entre ellas se encontraban:

  • Arica y Parinacota.
  • Tarapacá.
  • Antofagasta.
  • Atacama.
  • Región Metropolitana.
  • Aysén.
  • Magallanes.

Los límites de una futura convocatoria pueden cambiar, por lo que no deben utilizarse automáticamente para negociar un nuevo contrato antes de leer el llamado vigente.

Aporte para gastos de formalización

El programa contempla un aporte adicional de 1 UF para contribuir al pago de gastos operacionales relacionados con la formalización del contrato, como certificados o actuaciones notariales permitidas.

Puntaje adicional

Además de los factores regulares, se podía otorgar puntaje adicional por:

  • Edad de la persona postulante.
  • Discapacidad.
  • Existencia de personas cuidadoras inscritas en el RSH.
  • Características del núcleo familiar.
  • Vulnerabilidad habitacional.

Cumplir los requisitos permitía participar, pero no garantizaba resultar seleccionado. La asignación dependía del puntaje, los recursos disponibles y los cupos regionales.

Postulación mediante representante

La convocatoria de 2025 permitió que personas postradas o imposibilitadas de asistir personalmente fueran representadas mediante un poder simple en la postulación presencial ante SERVIU.

Un futuro llamado puede mantener, modificar o eliminar esta facilidad. Antes de enviar a un representante se debe confirmar:

  • Tipo de poder aceptado.
  • Documentos del representante.
  • Firma requerida.
  • Formulario oficial.
  • Oficina donde debe presentarse.

Subsidio de Arriendo regular 2026

Al 13 de julio de 2026, el Subsidio de Arriendo regular se encuentra abierto. Las postulaciones comenzaron el 7 de julio y finalizan el 7 de agosto de 2026, ambas fechas inclusive.

Aunque no es exclusivo para personas mayores, contempla una facilidad importante: quienes superan los 60 años pueden postular sin incorporar obligatoriamente a un cónyuge, conviviente o hijo.

Para una persona mayor que vive sola y no desea esperar un futuro llamado especial, esta alternativa puede ser relevante si cumple las condiciones de ahorro e ingresos.

Monto del beneficio regular

El programa entrega un subsidio total de 170 UF, que puede utilizarse de manera continua o fragmentada durante un plazo máximo definido por el programa.

La cobertura mensual tiene un tope general de 4,2 UF. En determinadas zonas geográficas el aporte puede alcanzar 4,9 UF mensuales.

La persona beneficiaria debe pagar la diferencia entre el valor del arriendo y el aporte estatal.

Valor máximo de la vivienda arrendada

El valor mensual general del arriendo no puede superar las 11 UF.

Para todas las comunas de las siguientes regiones, el límite del llamado 2026 es de hasta 13 UF:

  • Arica y Parinacota.
  • Antofagasta.
  • Atacama.
  • Región Metropolitana.
  • Aysén.
  • Magallanes.

Antes de firmar un contrato se debe calcular el valor de la UF vigente y confirmar que el arriendo se mantenga dentro del máximo admitido.

Requisitos del llamado regular 2026

  • Tener al menos 18 años.
  • Contar con cédula de identidad vigente.
  • Las personas extranjeras deben presentar su cédula para extranjeros vigente.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
  • No superar el tramo del 70% de calificación socioeconómica.
  • Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda.
  • Tener ingresos familiares mensuales entre 7 y 25 UF.
  • Postular con cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo, salvo la excepción aplicable a personas que superan los 60 años.
  • Realizar una sola postulación por Registro Social de Hogares.

Por cada integrante familiar que exceda de tres, el límite máximo de ingresos puede aumentar en 8 UF.

Cuenta de ahorro

La cuenta debe estar a nombre de:

  • La persona postulante.
  • Su cónyuge.
  • Su conviviente civil.

El ahorro mínimo de 4 UF debe encontrarse acreditado al momento de postular, según las condiciones del llamado.

Cómo postular durante 2026

La postulación puede realizarse:

  • En línea, ingresando al sistema de arriendo del MINVU con ClaveÚnica.
  • Presencialmente en oficinas SERVIU regionales.

El acceso oficial se encuentra en la página del llamado regular al Subsidio de Arriendo 2026.

Diferencia con el llamado especial

CaracterísticaLlamado especial para personas mayoresLlamado regular 2026
Población objetivoPersonas mayores y personas con discapacidadFamilias y personas que cumplan las reglas generales
CoberturaEntre 90% y 95% del arriendoHasta 4,2 UF mensuales, o 4,9 UF en determinadas zonas
Ahorro mínimoNo exige4 UF
RSHHasta 70%Hasta 70%
Estado actualÚltimo llamado cerradoAbierto hasta el 7 de agosto de 2026

Fondo Solidario de Elección de Vivienda DS49

El DS49 permite a hogares en situación de vulnerabilidad comprar una vivienda nueva o usada sin quedar con una deuda hipotecaria, o integrarse a proyectos habitacionales del SERVIU.

También contempla modalidades de construcción en sitio propio y densificación predial, dependiendo del llamado.

Las personas mayores cuentan con una excepción relevante: pueden postular solas, sin necesidad de acreditar un grupo familiar adicional, siempre que cumplan los demás requisitos.

Requisitos generales

  • Tener al menos 18 años.
  • Contar con cédula de identidad vigente.
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
  • Pertenecer generalmente hasta el tramo del 40% más vulnerable.
  • No ser propietario de una vivienda.
  • No haber obtenido anteriormente un beneficio incompatible.
  • Contar con una cuenta de ahorro para la vivienda.
  • Acreditar un ahorro mínimo general de 10 UF.
  • Esperar un llamado vigente que permita la modalidad deseada.

Excepción para personas que viven solas

En el DS49, las familias unipersonales normalmente no pueden postular individualmente, salvo determinadas excepciones. Entre ellas se encuentran:

  • Personas mayores.
  • Personas viudas.
  • Personas con discapacidad acreditada.
  • Personas reconocidas como indígenas.
  • Personas reconocidas en el Informe Valech.

Esto permite que una persona mayor que vive sola pueda participar sin tener que incorporar artificialmente a un familiar en su núcleo.

Compra sin crédito hipotecario

El objetivo del programa es que la vivienda pueda adquirirse utilizando:

  • Subsidio habitacional.
  • Ahorro de la persona beneficiaria.
  • Subsidios complementarios, cuando correspondan.
  • Aportes adicionales autorizados.

La compra debe respetar el valor máximo, características y condiciones del programa.

Construcción en sitio propio

Una persona mayor que posee un terreno puede evaluar la construcción de una vivienda, siempre que:

  • El terreno se encuentre jurídicamente regularizado.
  • La persona acredite propiedad o derecho admitido por el programa.
  • Exista factibilidad de servicios.
  • El proyecto sea preparado por una Entidad Patrocinante.
  • Se cumplan las normas urbanísticas y técnicas.
  • Exista un llamado habilitado.

Densificación predial

Permite construir una vivienda adicional en un terreno donde ya existe otra propiedad habitacional.

Puede ser útil para una persona mayor que vive con familiares, pero requiere una solución independiente y accesible dentro del mismo predio.

No basta con que la familia autorice verbalmente la construcción. Deben revisarse el dominio, las inscripciones, los permisos, la superficie y las exigencias del SERVIU.

Situación actual de las postulaciones

El DS49 no está abierto de forma permanente. El MINVU publica llamados nacionales, regionales, colectivos o especiales.

Al 13 de julio de 2026 no debe asumirse que existe un llamado individual general abierto solamente porque la ficha informativa del programa está disponible. La persona debe consultar la sección de postulaciones del MINVU o el SERVIU regional.

Subsidio para Sectores Medios DS1

El DS1 está dirigido a personas y familias que no son propietarias, cuentan con ahorro y pueden complementar el valor de la vivienda con recursos propios o financiamiento.

Permite comprar una vivienda nueva o usada y, en determinados tramos, construir en sitio propio o mediante densificación predial.

El primer llamado nacional 2026 estuvo abierto durante junio y finalizó el 30 de junio de 2026.

Beneficio especial en el Registro Social de Hogares

En el primer llamado 2026, las personas mayores que postularon a los tramos 1 y 2 pudieron pertenecer hasta el 90% del Registro Social de Hogares.

Esta excepción amplía el acceso respecto de los límites generales:

  • Tramo 1: límite general del 60%.
  • Tramo 2: límite general del 80%.
  • Personas mayores en tramos 1 y 2: hasta el 90%, según el llamado 2026.

Una futura convocatoria puede modificar esta regla, por lo que siempre debe revisarse la resolución del nuevo proceso.

Ahorro mínimo del primer llamado 2026

ModalidadTramoAhorro mínimo
Compra de viviendaTramo 130 UF
Compra de viviendaTramo 240 UF
Compra de viviendaTramo 380 UF
ConstrucciónTramo 230 UF
ConstrucciónTramo 350 UF

Estos montos corresponden al primer llamado 2026 y no deben asumirse como permanentes.

Antigüedad de la cuenta

En el llamado 2026 se exigió una cuenta de ahorro para la vivienda con al menos 12 meses de antigüedad.

La cuenta debía haberse abierto dentro de la fecha límite establecida y el ahorro mínimo debía encontrarse depositado antes del corte definido por el MINVU.

Financiamiento complementario

La persona debe considerar que el subsidio no siempre cubre el valor total de la propiedad. Puede ser necesario complementar con:

  • Ahorro adicional.
  • Crédito hipotecario.
  • Recursos propios.
  • Otros aportes permitidos.

Una persona mayor debería evaluar cuidadosamente la capacidad de pagar dividendos, seguros, contribuciones, gastos comunes y mantenciones.

Preaprobación hipotecaria

En el primer llamado 2026 no se exigió excepcionalmente presentar un certificado de preaprobación de crédito hipotecario.

Esto no significa que todas las personas seleccionadas puedan comprar sin financiamiento. Quien necesite crédito deberá obtenerlo al momento de aplicar el subsidio y cumplir las condiciones de la entidad financiera.

Condominios de Viviendas Tuteladas

Los Condominios de Viviendas Tuteladas, conocidos como CVT, están dirigidos a personas de 60 años o más que necesitan una solución habitacional y apoyo social, pero mantienen un nivel de autonomía compatible con la vida independiente.

Son conjuntos de viviendas individuales adaptadas para personas mayores. Durante la permanencia se desarrolla un plan de acompañamiento que busca fortalecer la autonomía, participación comunitaria y acceso a redes.

No se adquiere la propiedad

Las viviendas se entregan en comodato. Esto significa que la persona puede utilizarlas mientras cumpla las condiciones del programa, pero no se convierte en propietaria.

No puede:

  • Vender la vivienda.
  • Arrendarla a otra persona.
  • Dejarla como herencia.
  • Hipotecarla.
  • Transferir el derecho de uso informalmente.

Requisitos principales

  • Tener 60 años o más.
  • Ser autovalente.
  • No necesitar atención imprescindible y permanente en un establecimiento hospitalario.
  • Pertenecer hasta el tramo del 60% del Registro Social de Hogares.
  • Carecer de redes de apoyo sociofamiliares efectivas o tenerlas de manera insuficiente.
  • Contar con una pensión que permita pagar alimentos, servicios básicos y necesidades personales.
  • Tener un familiar o persona significativa que represente sus intereses ante SENAMA y la entidad operadora.

Documentos necesarios

La ficha oficial actualizada en junio de 2026 informa que pueden solicitarse:

  • Fotocopia de la cédula de identidad por ambos lados.
  • Certificado médico con diagnóstico, tratamiento y nivel de autovalencia.
  • Certificado médico que indique que la persona no requiere atención hospitalaria permanente.
  • Cartola Hogar actualizada del Registro Social de Hogares.
  • Informe social sobre vivienda, salud, redes familiares y situación socioeconómica.
  • Copia de la última liquidación de pago de pensión.
  • Copia de la cédula del apoderado o persona significativa.
  • Dirección y teléfono del representante.
  • Formularios de evaluación médica y social del programa.

Postulación durante todo el año

La solicitud puede presentarse durante todo el año mediante el sitio de SENAMA con ClaveÚnica.

La postulación tiene una vigencia de un año. Si durante ese período no existe una vivienda disponible, la persona debe actualizar sus antecedentes para continuar participando.

Disponibilidad de cupos

Cumplir los requisitos no garantiza una asignación inmediata. Los cupos dependen de:

  • Viviendas disponibles.
  • Región.
  • Comuna.
  • Evaluación social.
  • Autovalencia.
  • Urgencia habitacional.
  • Redes de apoyo.

La información oficial se encuentra en la ficha de Condominios de Viviendas Tuteladas de ChileAtiende.

Qué programa puede convenir según la situación

SituaciónAlternativa que conviene revisar
Persona mayor con ingresos bajos que puede pagar una pequeña parte de un arriendoLlamado especial de arriendo, cuando se encuentre abierto
Persona mayor sola con 4 UF de ahorro y capacidad para pagar parte del arriendoSubsidio de Arriendo regular 2026
Persona vulnerable que busca comprar sin deuda hipotecariaDS49, cuando exista un llamado habilitado
Persona con mayor ahorro y capacidad de complementar el precioDS1
Persona autovalente sin vivienda ni redes efectivasCondominios de Viviendas Tuteladas
Persona propietaria de un terreno que desea construirConstrucción en sitio propio mediante DS49 o DS1, según requisitos
Persona que quiere vivir cerca de familiares en el mismo terrenoDensificación predial, si el terreno y el llamado lo permiten

Registro Social de Hogares

El Registro Social de Hogares es uno de los antecedentes más importantes en prácticamente todos los programas habitacionales.

La Cartola Hogar informa:

  • Tramo de Calificación Socioeconómica.
  • Personas integrantes.
  • Domicilio.
  • Fecha de actualización.
  • Características del hogar.

Un error en el domicilio o en los integrantes puede afectar la postulación, el puntaje o la posibilidad de acreditar que la persona vive sola.

Cómo obtener la Cartola Hogar

Puede descargarse mediante la Ventanilla Única Social utilizando RUN y ClaveÚnica.

También puede solicitarse orientación en:

  • Municipalidad.
  • ChileAtiende.
  • Oficinas de asistencia social.

Qué revisar antes de postular

  • Que la persona figure en el domicilio donde vive.
  • Que no aparezcan integrantes que ya se trasladaron.
  • Que estén incorporadas las personas que forman realmente el hogar.
  • Que la situación de discapacidad se encuentre registrada cuando corresponda.
  • Que la condición de persona cuidadora esté reconocida.
  • Que el tramo sea compatible con el programa.

Actualización del registro

Una modificación puede requerir:

  • Cédulas de identidad.
  • Documentos de domicilio.
  • Declaraciones de integrantes.
  • Liquidaciones de ingresos.
  • Certificados médicos.
  • Resoluciones judiciales.
  • Antecedentes de arriendo.

La actualización no siempre es inmediata. Conviene realizarla antes de que se anuncie la convocatoria y no durante los últimos días.

Cuenta de ahorro para la vivienda

Los programas de compra, construcción y el subsidio regular de arriendo pueden exigir una cuenta especial de ahorro para la vivienda.

No debe confundirse con:

  • Cuenta corriente.
  • Cuenta vista.
  • CuentaRUT.
  • Depósito a plazo.
  • Cuenta de ahorro común.

Quién debe ser titular

Dependiendo del programa, puede estar a nombre de:

  • La persona postulante.
  • Su cónyuge.
  • Su conviviente civil.

Las reglas exactas deben revisarse en cada llamado.

Antigüedad

En el DS1 suele exigirse una antigüedad mínima de 12 meses. En otros programas puede no existir el mismo requisito.

Fecha de corte del ahorro

El llamado fija un día y una hora hasta los cuales el dinero debe encontrarse depositado y disponible.

Un depósito realizado después del horario bancario puede contabilizarse al siguiente día hábil y quedar fuera del proceso.

No realizar giros

Después de la fecha de corte no es recomendable retirar dinero. Un giro puede reducir el saldo exigido y generar problemas durante la validación.

Ahorro adicional

Superar el mínimo puede mejorar el puntaje en algunos programas, pero debe confirmarse en las reglas del llamado.

Personas que tienen una propiedad

En términos generales, los subsidios para adquirir una primera vivienda exigen no ser propietario de otra vivienda.

La revisión puede considerar:

  • Propiedades completas.
  • Derechos hereditarios.
  • Cuotas en comunidades.
  • Propiedades adquiridas durante un matrimonio.
  • Viviendas asignadas anteriormente.
  • Derechos en una sucesión.

Una persona puede creer que no es propietaria porque nunca ha vivido en el inmueble, pero aparecer como heredera o comunera.

Herencia de una parte de una vivienda

Tener derechos hereditarios puede afectar la postulación. El tratamiento depende de:

  • Porcentaje heredado.
  • Valor de los derechos.
  • Estado de la posesión efectiva.
  • Posibilidad real de utilizar la vivienda.
  • Excepciones del programa.

No se debe renunciar, vender o ceder derechos apresuradamente sin asesoría. Conviene solicitar una revisión en SERVIU.

Vivienda inhabitable

Si la persona aparece como propietaria de una vivienda destruida, inhabitable o no apta, puede existir un procedimiento especial para acreditar la situación.

Podrían solicitarse:

  • Informe municipal.
  • Certificado de inhabitabilidad.
  • Informe técnico.
  • Antecedentes de emergencia.
  • Inscripciones conservatorias.

Beneficios habitacionales anteriores

Haber recibido un subsidio anteriormente puede impedir acceder a otro beneficio incompatible.

Se debe revisar si la persona:

  • Obtuvo una vivienda social.
  • Recibió un subsidio de compra.
  • Fue parte de una postulación familiar anterior.
  • Renunció a un subsidio.
  • Perdió una vivienda por remate.
  • Fue propietaria de una vivienda adquirida con beneficio estatal.

No todas las situaciones producen el mismo efecto. SERVIU debe revisar el historial y determinar si existe una excepción.

Postulación de personas extranjeras

Las personas extranjeras pueden participar en programas habitacionales cuando cumplen las condiciones migratorias y documentales del llamado.

Pueden solicitarse:

  • Cédula de identidad para extranjeros vigente.
  • Residencia definitiva indicada o verificada.
  • Certificado migratorio cuando corresponda.
  • Registro Social de Hogares.
  • Cuenta de ahorro.
  • ClaveÚnica.

La ficha de cada convocatoria debe revisarse porque algunos programas exigen residencia definitiva y otros describen mecanismos de validación distintos.

Postulación de personas con discapacidad o movilidad reducida

Una persona mayor con discapacidad puede acceder a puntajes, excepciones o aportes complementarios cuando la condición se encuentra acreditada oficialmente.

La acreditación puede realizarse mediante:

  • Registro Nacional de la Discapacidad.
  • Credencial de discapacidad.
  • Certificación de COMPIN.
  • Documentos específicos señalados en el llamado.

Obras de accesibilidad

En determinados programas existen aportes adicionales para financiar:

  • Rampas.
  • Puertas más anchas.
  • Baños accesibles.
  • Barras de apoyo.
  • Eliminación de desniveles.
  • Ajustes para movilidad reducida.

Estas obras deben estar incorporadas en el proyecto y aprobadas técnicamente. No siempre se entrega dinero directamente a la persona.

Documentos generales que conviene preparar

La lista exacta depende del programa, pero puede incluir:

  • Cédula de identidad vigente.
  • ClaveÚnica activa.
  • Cartola Hogar del RSH.
  • Certificado de saldo de la cuenta de ahorro.
  • Certificado de mantención de la cuenta.
  • Liquidaciones de pensión.
  • Comprobantes de otros ingresos.
  • Certificado de matrimonio.
  • Acuerdo de Unión Civil.
  • Certificados de nacimiento.
  • Credencial o certificado de discapacidad.
  • Certificado médico.
  • Informe social.
  • Documentos de propiedad de un terreno.
  • Certificados de dominio y gravámenes.
  • Poder de representación.
  • Declaraciones juradas del programa.

Documentos para acreditar ingresos

Dependiendo del origen de los ingresos, pueden solicitarse:

  • Liquidación de pensión.
  • Comprobante de Pensión Garantizada Universal.
  • Liquidaciones de sueldo.
  • Boletas de honorarios.
  • Declaraciones tributarias.
  • Comprobantes de pensión alimenticia.
  • Certificado previsional.
  • Cartolas bancarias.

No deben ocultarse ingresos ni presentar documentos alterados. Las instituciones pueden cruzar información administrativa.

Aspectos importantes que debe conocer el usuario

Una página informativa no significa que el llamado esté abierto

El MINVU mantiene páginas permanentes sobre sus programas. La postulación solo puede realizarse durante las fechas indicadas en una convocatoria vigente.

No todos los beneficios entregan una vivienda propia

El subsidio de arriendo ayuda a pagar una renta. Los Condominios de Viviendas Tuteladas entregan uso en comodato. El DS49 y el DS1 pueden permitir adquirir la propiedad.

Cumplir los requisitos no garantiza selección

Los cupos, puntajes, recursos y prioridades influyen en los resultados.

Las personas mayores pueden tener excepciones

Pueden postular solas en programas donde normalmente se exige núcleo familiar y acceder a límites especiales del RSH.

La edad debe cumplir la regla del llamado

No todos los procesos utilizan exactamente la misma frase o fecha de corte.

El Registro Social de Hogares debe estar actualizado

Los cambios tardíos pueden no alcanzar a reflejarse en una convocatoria.

El ahorro debe mantenerse

No conviene retirar fondos después de la fecha de acreditación.

No se debe pagar por postular

Las solicitudes oficiales son gratuitas. Pueden existir gastos posteriores para contratos, certificados o aplicación del subsidio.

Los cupos de viviendas tuteladas son limitados

La postulación puede quedar vigente sin que exista una vivienda disponible inmediatamente.

Una selección no significa que la vivienda ya está comprada

Después de obtener un subsidio de compra se debe encontrar una propiedad elegible y completar la compraventa dentro del plazo.

Cómo realizar el proceso o encontrar la información

Definir la solución habitacional

Determine si la persona necesita:

  • Arriendo.
  • Compra.
  • Construcción.
  • Vivienda tutelada.
  • Mejoramiento o adaptación.

Revisar el Registro Social de Hogares

Descargue la Cartola Hogar y compruebe tramo, domicilio e integrantes.

Revisar propiedades y beneficios anteriores

Consulte si la persona aparece como propietaria, heredera o beneficiaria de una solución anterior.

Evaluar el ahorro

Compruebe:

  • Tipo de cuenta.
  • Titular.
  • Antigüedad.
  • Saldo.
  • Fecha de corte.

Buscar llamados vigentes

Ingrese a la sección de postulaciones del MINVU y filtre por:

  • Arrendar.
  • Comprar.
  • Construir.
  • Mejorar.

Leer la resolución y la ficha

No se limite a una publicación en redes sociales. Revise:

  • Fechas.
  • Tramos.
  • Ahorro.
  • Documentos.
  • Vías de postulación.
  • Impedimentos.
  • Criterios de puntaje.

Preparar ClaveÚnica

Recupere o active la contraseña antes del inicio del llamado.

Reunir documentos

Digitalice los antecedentes en archivos legibles cuando la postulación sea en línea.

Postular por el canal correcto

Puede ser:

  • Postulación automática.
  • Postulación en línea.
  • Formulario de Atención Ciudadana.
  • Oficina SERVIU.
  • Plataforma de SENAMA.
  • Entidad Patrocinante.

Guardar el comprobante

Conserve el número, fecha y copia de la solicitud.

Consultar resultados

Revise directamente el portal oficial en la fecha indicada.

Recomendaciones antes de comenzar

  • Identifique el programa antes de abrir una cuenta de ahorro.
  • Actualice el RSH con anticipación.
  • Revise la vigencia de la cédula.
  • Active ClaveÚnica.
  • Compruebe propiedades y derechos hereditarios.
  • No retire el ahorro después de la fecha de corte.
  • Guarde todos los documentos enviados.
  • Solicite orientación en SERVIU.
  • Compare arriendo, compra y comodato.
  • Considere accesibilidad y cercanía a servicios.
  • No firme contratos antes de confirmar que cumplen el programa.
  • Utilice únicamente enlaces oficiales.

Errores comunes que conviene evitar

  • Creer que existe un subsidio único y permanente.
  • Confundir arriendo con compra.
  • Postular a un llamado cerrado.
  • No revisar el tramo del RSH.
  • Abrir una cuenta de ahorro común en vez de una para la vivienda.
  • Depositar después de la fecha de corte.
  • Retirar el ahorro antes de los resultados.
  • No declarar una propiedad heredada.
  • Ingresar documentos ilegibles.
  • No incluir una discapacidad acreditada.
  • Firmar un arriendo que supera el máximo.
  • Pagar a un supuesto gestor.

Postulación al Subsidio de Arriendo regular 2026

Revisión previa

Como la convocatoria se encuentra abierta al 13 de julio de 2026, una persona mayor interesada debería comprobar de inmediato:

  • Que su cédula esté vigente.
  • Que figure hasta el 70% del RSH.
  • Que tenga 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda.
  • Que su ingreso familiar se encuentre entre 7 y 25 UF.
  • Que no exista otra postulación dentro del mismo RSH.
  • Que cuente con ClaveÚnica para el trámite digital.

Ingreso al sistema

Se debe acceder desde la página oficial del llamado y seleccionar la opción de postulación en línea.

No conviene buscar el formulario mediante anuncios pagados o enlaces recibidos por mensajería.

Autenticación

La persona debe ingresar con su propia ClaveÚnica.

No debe entregar a un tercero:

  • Contraseña.
  • Códigos de recuperación.
  • Acceso al correo.
  • Códigos enviados por teléfono.

Revisión de antecedentes

El sistema consulta información del RSH y del ahorro. Si existen diferencias, puede ser necesario acudir a SERVIU.

Postulación presencial

Quien no puede completar el trámite digital puede dirigirse al SERVIU de su región durante el período vigente.

Conviene confirmar previamente:

  • Dirección.
  • Horario.
  • Necesidad de reserva.
  • Documentos.
  • Atención mediante representante.

Comprobante

Al terminar, se debe guardar la constancia de postulación y revisar que los datos sean correctos.

Postulación a futuros llamados especiales de arriendo

Esperar la publicación oficial

El último llamado especial finalizó en abril de 2025. Hasta que el MINVU anuncie otro proceso no deben asumirse fechas, montos o requisitos nuevos.

Preparar los antecedentes

Mientras se espera, conviene mantener actualizados:

  • Cédula.
  • ClaveÚnica.
  • RSH.
  • Liquidación de pensión.
  • Registro de discapacidad.
  • Condición de persona cuidadora.
  • Información de contacto.

No firmar un arriendo incompatible

La vivienda que se utilice con el subsidio debe cumplir requisitos sobre:

  • Valor máximo.
  • Destino habitacional.
  • Condiciones mínimas.
  • Propiedad del arrendador.
  • Vínculos familiares prohibidos o regulados.
  • Documentación municipal.

Es preferible confirmar la elegibilidad antes de comprometerse con un contrato de largo plazo.

Qué ocurre después de obtener un subsidio de arriendo

Buscar una vivienda elegible

La propiedad debe cumplir las condiciones del programa y mantenerse dentro del límite de renta.

Revisar al arrendador

Se debe comprobar:

  • Identidad.
  • Propiedad o facultades para arrendar.
  • Rol de avalúo.
  • Cuenta bancaria para pagos.
  • Ausencia de impedimentos.

Emitir el contrato

El sistema del MINVU permite preparar el contrato de arriendo con ClaveÚnica. Para ello pueden requerirse:

  • Datos del arrendador.
  • Datos del arrendatario.
  • Rol de avalúo.
  • Dirección.
  • Valor mensual.
  • Cuenta bancaria del arrendador.

Validar la vivienda

SERVIU puede revisar que la propiedad cumpla las condiciones técnicas y administrativas.

Pagar el copago

La persona beneficiaria debe pagar mensualmente la parte que le corresponde dentro del procedimiento establecido.

No pagar el copago puede suspender o afectar la continuidad del beneficio.

Cambio de vivienda

El subsidio regular permite cambiar de vivienda y trasladarse a otra región, siempre que se cumplan los procedimientos y la nueva propiedad sea aceptada.

No se debe abandonar el contrato ni cambiarse informalmente sin avisar a SERVIU.

Qué ocurre después de obtener un subsidio de compra

Certificado de subsidio

La selección permite obtener un certificado con monto, vigencia y condiciones.

Búsqueda de propiedad

La vivienda debe:

  • Encontrarse dentro del valor máximo.
  • Tener títulos regulares.
  • Contar con recepción municipal.
  • No presentar gravámenes incompatibles.
  • Cumplir las condiciones técnicas.
  • Ser aceptada por SERVIU y la entidad financiera cuando corresponda.

Estudio de títulos

Un abogado revisa:

  • Dominio.
  • Hipotecas.
  • Prohibiciones.
  • Deudas.
  • Herencias.
  • Permisos.
  • Representación del vendedor.

Escritura e inscripción

La compra se formaliza mediante escritura pública y la propiedad se inscribe en el Conservador de Bienes Raíces.

Plazo para aplicar el subsidio

El certificado tiene una vigencia. Si la persona no encuentra una vivienda dentro del plazo, debe consultar si existe prórroga o reactivación.

Fraudes y cobros indebidos

Postulaciones pagadas

La postulación oficial es gratuita. Desconfíe de personas que cobran por:

  • Garantizar selección.
  • Modificar el puntaje.
  • Ingresar al RSH.
  • Acelerar resultados.
  • Conseguir una vivienda tutelada.

Solicitud de ClaveÚnica

Ningún gestor debe quedarse con la contraseña. Si una persona necesita ayuda, puede completar el trámite acompañada sin revelar la clave.

Mensajes con enlaces

Antes de ingresar datos:

  • Escriba directamente minvu.cl en el navegador.
  • Compruebe el dominio.
  • No descargue aplicaciones desconocidas.
  • No entregue claves bancarias.
  • No pague por habilitar el beneficio.

Falsos proyectos

Un comité o proyecto debe trabajar con una Entidad Patrocinante reconocida y coordinarse con SERVIU.

Antes de entregar dinero, confirme:

  • Nombre de la entidad.
  • Convenio vigente.
  • Proyecto.
  • Terreno.
  • Permisos.
  • Cuenta autorizada.

Ejemplos prácticos

Persona de 72 años que vive sola y arrienda

Puede revisar el Subsidio de Arriendo regular 2026, porque las personas que superan los 60 años pueden postular sin incorporar a un núcleo familiar. Necesita, entre otras condiciones, pertenecer hasta el 70% del RSH, contar con 4 UF de ahorro e ingresos entre 7 y 25 UF.

Persona de 68 años sin ahorro suficiente

Puede esperar un futuro llamado especial de arriendo, que en 2025 no exigió ahorro mínimo, o consultar los Condominios de Viviendas Tuteladas si es autovalente y carece de una solución habitacional adecuada.

Persona de 65 años perteneciente al 85% del RSH

No cumple el límite del arriendo especial o regular descrito, pero podría evaluar el DS1, porque en el primer llamado 2026 las personas mayores pudieron postular a los tramos 1 y 2 hasta el 90% del RSH, siempre que cumplieran ahorro y demás condiciones.

Persona mayor del 40% del RSH con 10 UF de ahorro

Puede prepararse para un futuro llamado individual DS49 si no es propietaria ni beneficiaria anterior incompatible. Como persona mayor, podría postular sola.

Persona de 80 años autovalente sin redes familiares

Puede solicitar un cupo en Condominios de Viviendas Tuteladas si pertenece hasta el 60% del RSH, tiene pensión suficiente para sus gastos básicos y cuenta con una persona significativa que represente sus intereses.

Persona mayor con terreno familiar

Puede evaluar construcción en sitio propio o densificación predial. Antes necesita comprobar dominio, permisos, factibilidad de servicios y disponibilidad de un llamado.

Persona mayor con derechos en una vivienda heredada

Debe consultar a SERVIU antes de postular. Aunque no ocupe la propiedad, los derechos hereditarios pueden ser considerados como propiedad habitacional.

Canales, alternativas o recursos útiles

Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Es el canal principal para revisar:

  • Llamados vigentes.
  • Fechas.
  • Requisitos.
  • Resultados.
  • Resoluciones.
  • Formularios.

Acceso: Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Servicio de Vivienda y Urbanización

El SERVIU regional orienta sobre postulaciones, aplicación de subsidios, proyectos y documentos.

Las oficinas regionales pueden consultarse desde el sitio del MINVU.

ChileAtiende

Entrega fichas actualizadas y orientación presencial o telefónica.

Acceso: ChileAtiende.

Servicio Nacional del Adulto Mayor

Administra la postulación a los Condominios de Viviendas Tuteladas y otros programas sociales para personas mayores.

Acceso: SENAMA.

Ventanilla Única Social

Permite revisar la Cartola Hogar y acceder a trámites relacionados con el Registro Social de Hogares.

Acceso: Ventanilla Única Social.

ClaveÚnica

Se utiliza para postular y consultar diversos beneficios.

Acceso: ClaveÚnica.

Minvu Aló

El Ministerio informa como canales telefónicos:

  • 600 901 1111.
  • 2 2901 1111 desde teléfonos celulares.

Los números y horarios deben confirmarse en el sitio oficial antes de llamar.

Fono Mayor de SENAMA

Para orientación relacionada con personas mayores y viviendas tuteladas se encuentra disponible el 800 400 035.

ChileAtiende 101

Entrega orientación sobre beneficios y trámites públicos. Su horario habitual es de lunes a jueves de 8:00 a 20:00 horas y viernes de 8:00 a 18:00 horas.

Municipalidad

Puede utilizarse para:

  • Actualizar el RSH.
  • Solicitar informe social.
  • Recibir orientación habitacional.
  • Consultar operativos.
  • Obtener apoyo para reunir documentos.

Cuándo conviene usar cada alternativa

CanalCuándo conviene utilizarlo
MINVUPara revisar llamados, requisitos y resultados nacionales
SERVIUPara casos particulares, postulación presencial y aplicación del subsidio
ChileAtiendePara orientación general y fichas actualizadas
SENAMAPara Condominios de Viviendas Tuteladas
MunicipalidadPara RSH, informe social y apoyo local
Entidad PatrocinantePara proyectos colectivos, construcción o densificación predial
Banco o institución financieraPara cuenta de ahorro, certificados y crédito hipotecario

Preguntas frecuentes

¿Existe un subsidio exclusivo para adultos mayores?

Existe un llamado especial de Subsidio de Arriendo para personas mayores y personas con discapacidad. Además, otros programas incorporan excepciones y condiciones favorables para personas mayores.

¿Está abierta la postulación especial en julio de 2026?

No. El último llamado especial publicado finalizó el 30 de abril de 2025.

¿Existe alguna postulación abierta actualmente?

Sí. El Subsidio de Arriendo regular 2026 está abierto desde el 7 de julio hasta el 7 de agosto de 2026.

¿Una persona mayor puede postular al arriendo regular?

Sí, si cumple los requisitos del llamado.

¿Puede postular sola?

Las personas que superan los 60 años no necesitan incorporar obligatoriamente a un cónyuge, conviviente o hijo en el llamado regular 2026.

¿Cuál es la edad mínima para el llamado especial?

En el llamado de 2025 se aceptó a quienes tenían más de 60 años o cumplían esa edad durante el año calendario.

¿Cumplir 60 años garantiza el beneficio?

No. También deben cumplirse los requisitos sociales, económicos y habitacionales.

¿Cuánto cubre el subsidio especial?

Entre el 90% y el 95% del valor mensual del arriendo, sujeto a los límites del programa.

¿Cuánto debe pagar la persona beneficiaria?

Un copago aproximado de entre el 5% y el 10% de la renta.

¿El subsidio especial exige ahorro?

El llamado de 2025 no exigió ahorro mínimo.

¿El arriendo regular exige ahorro?

Sí. El llamado 2026 exige 4 UF.

¿El DS49 exige ahorro?

El requisito general es de al menos 10 UF, sujeto a las condiciones del llamado.

¿El DS1 exige ahorro?

Sí. El monto depende del tramo y modalidad.

¿Qué tramo del RSH exige el arriendo especial?

Hasta el 70% en el último llamado.

¿Qué tramo exige el arriendo regular 2026?

Hasta el 70%.

¿Qué tramo exige el DS49?

Generalmente hasta el 40% para compra individual, con excepciones según modalidad.

¿Qué tramo exige el DS1?

Depende del tramo del subsidio. En el primer llamado 2026 las personas mayores pudieron estar hasta el 90% para los tramos 1 y 2.

¿Una persona del 80% puede postular al subsidio especial de arriendo?

No bajo las condiciones del llamado de 2025, que exigió hasta el 70%.

¿Una persona del 85% puede postular al DS1?

En el primer llamado 2026, una persona mayor podía postular a los tramos 1 o 2 hasta el 90%, cumpliendo los demás requisitos.

¿El subsidio de arriendo entrega una vivienda propia?

No. Ayuda a pagar el arriendo.

¿Los Condominios de Viviendas Tuteladas entregan propiedad?

No. La vivienda se entrega en comodato.

¿El DS49 entrega propiedad?

Puede permitir comprar o construir una vivienda en propiedad.

¿El DS1 entrega propiedad?

Permite comprar o construir una vivienda, complementando el subsidio con ahorro y otros recursos.

¿Una persona mayor puede postular sola al DS49?

Sí, porque las personas mayores se encuentran entre las excepciones a la exigencia de núcleo familiar.

¿Debe tener hijos para postular?

No necesariamente. Depende del programa, y las personas mayores cuentan con excepciones en distintas convocatorias.

¿Puede postular una persona viuda?

Sí, si cumple las demás condiciones. La viudez también puede ser una excepción a la exigencia de núcleo familiar en el DS49.

¿Puede postular una persona divorciada?

Sí, pero puede necesitar documentos que acrediten el divorcio, la liquidación patrimonial y la situación de propiedades.

¿Puede postular una persona casada que vive separada?

Debe revisar cómo se considera a su cónyuge, el régimen matrimonial y los integrantes del RSH.

¿Se puede postular con una cédula vencida?

Generalmente se exige cédula vigente.

¿Se necesita ClaveÚnica?

Para la mayoría de las postulaciones digitales, sí.

¿Puede un hijo realizar el trámite?

Puede ayudar, pero la persona postulante debe utilizar su propia identidad. Algunos llamados permiten representación mediante poder.

¿Puede un representante postular por una persona postrada?

El llamado especial de 2025 permitió representación mediante poder simple en determinados casos. Debe confirmarse en cada nueva convocatoria.

¿Dónde se obtiene ClaveÚnica?

En el Registro Civil, ChileAtiende o por videoconferencia mediante los canales habilitados.

¿Debo pagar por conseguir ClaveÚnica?

No.

¿Dónde reviso mi tramo del RSH?

En la Ventanilla Única Social o mediante los canales municipales y de ChileAtiende.

¿Qué hago si mi RSH tiene una dirección incorrecta?

Solicite la actualización antes de postular.

¿Qué hago si aparece una persona que ya no vive conmigo?

Debe solicitar la desvinculación o actualización del hogar con los antecedentes requeridos.

¿Qué hago si vivo sola, pero aparezco en el hogar de un hijo?

Debe revisar si corresponde formar un hogar independiente en el RSH y acreditar su residencia real.

¿La actualización cambia el tramo inmediatamente?

No necesariamente. Debe ser revisada y procesada.

¿Puedo postular mientras se actualiza el RSH?

El sistema utilizará los antecedentes disponibles en la fecha de corte. Conviene consultar en SERVIU.

¿La Pensión Garantizada Universal cuenta como ingreso?

Puede formar parte de los ingresos considerados. Debe declararse y acreditarse según el programa.

¿Una pensión muy baja impide postular?

Depende del beneficio. Algunos programas exigen un ingreso mínimo para asegurar el copago y los gastos de la vivienda.

¿Una pensión alta impide postular?

Puede superar el máximo del programa o influir en el tramo del RSH.

¿Qué ingresos se consideran?

Pensiones, remuneraciones, honorarios y otros ingresos familiares, según las reglas del llamado.

¿El subsidio especial exige un ingreso mínimo?

El llamado de 2025 exigió 5 UF.

¿Cuál fue el máximo de ingresos del subsidio especial?

25 UF para hogares de hasta tres integrantes, con incrementos por integrantes adicionales.

¿Cuál es el ingreso mínimo del arriendo regular 2026?

7 UF.

¿Cuál es el ingreso máximo del arriendo regular?

25 UF para hogares de hasta tres integrantes, aumentando en 8 UF por cada integrante adicional.

¿Qué vivienda puedo arrendar?

Una vivienda destinada a habitación que cumpla las condiciones del programa y no supere el valor máximo.

¿Puedo arrendar una pieza?

Debe comprobarse si la unidad cumple las condiciones técnicas, legales y de independencia exigidas.

¿Puedo arrendar a un hijo?

Los programas pueden restringir contratos entre familiares. Debe revisarse la regla del llamado.

¿Puedo arrendar a un hermano?

También debe revisarse la existencia de vínculos de parentesco prohibidos o regulados.

¿Puedo seguir en la vivienda donde ya arriendo?

Sí, si la vivienda, el contrato y el arrendador cumplen los requisitos y se formaliza correctamente.

¿Debo estar arrendando al momento de postular?

En el llamado especial de 2025 no era necesario estar arrendando al postular.

¿Cuánto puede costar el arriendo?

En el último llamado especial el máximo general fue de 11 UF y hasta 13 UF en regiones autorizadas.

¿Qué pasa si el arriendo cuesta más?

La vivienda no podrá utilizarse con el subsidio si supera el límite aplicable.

¿El valor puede aumentar después?

Los reajustes deben respetar el contrato y los límites del programa.

¿El subsidio paga la garantía?

No necesariamente. Debe revisarse si existe algún aporte específico y qué gastos debe financiar la persona.

¿El llamado especial entrega dinero para notaría?

Contempla un aporte único de 1 UF para gastos operacionales de formalización.

¿Quién recibe el pago del subsidio?

El pago se gestiona a favor del arrendador mediante el sistema del programa, sujeto al copago de la persona beneficiaria.

¿Puedo pagar mi copago en efectivo al dueño?

Debe seguirse el sistema de recaudación definido. Pagar fuera del procedimiento puede impedir acreditar el cumplimiento.

¿Puedo cambiarme de vivienda?

Sí, mediante el procedimiento de cambio y validación de la nueva propiedad.

¿Puedo cambiarme de región?

El subsidio regular permite trasladar su aplicación, siempre que se cumplan las reglas.

¿Cuánto dura el subsidio de arriendo?

El regular entrega un total de 170 UF que puede utilizarse de forma continua o fragmentada dentro del plazo del programa.

¿El subsidio especial dura para siempre?

No. Tiene una duración y condiciones definidas en el llamado y el certificado.

¿Puedo postular después a un subsidio para comprar?

El subsidio regular de arriendo permite postular posteriormente a uno de compra, sujeto a las condiciones futuras.

¿El arriendo me impide usar el DS49?

No necesariamente. Debe cumplirse la normativa y no existir incompatibilidad en el momento de la nueva postulación.

¿Puedo tener una casa y postular al subsidio de arriendo?

En general no, si la propiedad resuelve la necesidad habitacional, salvo excepciones evaluadas por SERVIU.

¿Qué pasa si heredé una parte de una casa?

Debe informarlo y solicitar una revisión. Los derechos hereditarios pueden ser considerados propiedad.

¿Qué pasa si mi casa está inhabitable?

Puede existir una excepción, pero debe acreditarse mediante documentos técnicos y municipales.

¿Puedo vender una propiedad para postular?

Una transferencia reciente puede ser revisada. No debe realizarse únicamente para aparentar cumplimiento.

¿Qué pasa si tuve un subsidio hace muchos años?

Debe consultarse el historial en SERVIU. Puede constituir un impedimento o existir una excepción.

¿Puedo renunciar a un subsidio anterior?

Depende del estado del beneficio y de las normas. Una renuncia no siempre elimina todos los impedimentos.

¿El DS49 necesita crédito?

Está orientado a comprar sin deuda hipotecaria.

¿El DS1 necesita crédito?

No siempre, si la persona dispone de recursos propios suficientes, pero habitualmente se complementa con financiamiento.

¿Un banco debe prestarle a una persona mayor?

La aprobación depende de renta, edad, plazo, seguros y políticas de riesgo. Obtener un subsidio no obliga al banco a conceder crédito.

¿Qué pasa si no consigo crédito después del DS1?

Puede ser difícil aplicar el subsidio si no completa el precio. Conviene evaluar el financiamiento antes de postular.

¿Puedo comprar una vivienda usada?

DS49 y DS1 pueden permitir viviendas nuevas o usadas, según la modalidad.

¿Puedo comprar la casa de un familiar?

Debe revisarse si existen restricciones por parentesco y si la operación es aceptada por SERVIU.

¿Puedo comprar una vivienda ocupada?

La propiedad debe cumplir las condiciones de entrega y uso. No conviene comprar sin revisar ocupantes y contratos.

¿Puedo construir en el terreno de un hijo?

Puede evaluarse una densificación predial, pero se necesitan documentos de dominio, autorizaciones y un proyecto aprobado.

¿Basta con una autorización simple del dueño?

No. Deben cumplirse las exigencias jurídicas y técnicas del programa.

¿Qué es una Entidad Patrocinante?

Es una entidad autorizada que ayuda a preparar y gestionar proyectos habitacionales ante el MINVU y SERVIU.

¿La Entidad Patrocinante puede cobrar?

Los servicios y pagos deben ajustarse a los convenios y reglas del programa. No entregue dinero sin respaldo oficial.

¿Qué son las viviendas tuteladas?

Son viviendas individuales adaptadas para personas mayores autovalentes, acompañadas por apoyo social y comunitario.

¿Me convierto en dueño de una vivienda tutelada?

No. Se entrega en comodato.

¿Puedo dejarla como herencia?

No.

¿Puedo vivir con toda mi familia?

El uso se rige por las condiciones del programa y la evaluación individual. No corresponde asumir que funcionará como una vivienda familiar común.

¿Debo ser autovalente?

Sí.

¿Qué significa ser autovalente?

Significa mantener capacidad para realizar actividades cotidianas sin requerir atención hospitalaria permanente, conforme a la evaluación profesional.

¿Puede ingresar una persona con dependencia severa?

El programa está dirigido a personas autovalentes. Una dependencia severa puede requerir otra solución de cuidados.

¿Qué tramo exige una vivienda tutelada?

Hasta el 60% del RSH.

¿Debo tener una pensión?

Se exige contar con ingresos que permitan pagar alimentación, servicios básicos y necesidades personales.

¿Necesito un familiar?

Se requiere una persona significativa o representante para relacionarse con SENAMA y la entidad operadora.

¿Qué pasa si no tengo familia?

Puede designarse otra persona significativa, siempre que cumpla las condiciones aceptadas.

¿Cuándo se postula a viviendas tuteladas?

Durante todo el año.

¿La postulación vence?

Tiene una duración de un año. Si no aparece un cupo, deben actualizarse los antecedentes.

¿Cuánto tarda la asignación?

No existe un plazo único. Depende de la evaluación y disponibilidad regional.

¿Puedo elegir cualquier condominio?

La asignación depende de la oferta, región, cupos y evaluación.

¿Dónde postulo?

En el sitio de SENAMA con ClaveÚnica.

¿Qué documentos médicos necesito?

Un certificado que informe diagnóstico, tratamiento, autovalencia y que no requiere atención hospitalaria imprescindible.

¿Qué es el informe social?

Es un documento profesional que describe vivienda, redes de apoyo, salud y situación socioeconómica.

¿Dónde obtengo un informe social?

Puede solicitarse orientación en la municipalidad, centro de salud, SENAMA u organismo social correspondiente.

¿Puede postular una persona extranjera?

Sí, cuando cumple los requisitos migratorios, de identidad y del programa.

¿Necesita residencia definitiva?

En varios subsidios de compra se exige. Debe revisarse el llamado específico.

¿Puede postular alguien con cédula extranjera vencida?

Generalmente no, porque se exige un documento vigente.

¿Se debe presentar certificado de discapacidad?

Cuando se invoca esa condición, debe acreditarse conforme a las reglas del programa.

¿Un informe médico privado es suficiente?

No siempre. Puede exigirse inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad o certificación de COMPIN.

¿Ser persona cuidadora entrega puntaje?

El llamado especial de arriendo contempló puntaje adicional para personas cuidadoras inscritas en el RSH.

¿Cómo se acredita ser persona cuidadora?

Mediante el reconocimiento correspondiente en el Registro Social de Hogares y la credencial cuando proceda.

¿Es gratis postular?

Sí.

¿Debo pagar a una organización para quedar seleccionado?

No.

¿Un dirigente puede garantizarme una vivienda?

No. La selección corresponde a los organismos públicos y depende de las reglas del llamado.

¿El MINVU pide claves bancarias?

No para postular.

¿Puede pedir mi ClaveÚnica por teléfono?

No debe entregar la contraseña.

¿Cómo reconozco una página oficial?

Ingrese directamente a minvu.gob.cl, chileatiende.gob.cl, senama.gob.cl o claveunica.gob.cl.

¿Qué hago si recibo un mensaje diciendo que fui seleccionado?

No ingrese desde el enlace. Revise el resultado directamente en el sitio oficial.

¿Dónde reclamo por un error en la postulación?

Ante SERVIU o mediante los canales de atención ciudadana del MINVU.

¿Puedo apelar si no fui seleccionado?

Depende del llamado y de las causales. Revise el período de reclamación informado con los resultados.

¿Qué documentos guardo?

Comprobante de postulación, Cartola Hogar, certificados de ahorro, documentos médicos, correos y resultados.

¿Qué debo hacer si el llamado está cerrado?

Preparar los antecedentes, mantener el RSH actualizado y revisar periódicamente las convocatorias oficiales.

¿Cuál es la opción disponible ahora para una persona mayor que arrienda?

Puede revisar el Subsidio de Arriendo regular 2026, abierto hasta el 7 de agosto, siempre que cumpla ahorro, RSH e ingresos.

¿Cuál es la opción para una persona sin vivienda y sin redes familiares?

Puede evaluar los Condominios de Viviendas Tuteladas si es autovalente y pertenece hasta el 60% del RSH.

¿Cuál es la opción para comprar sin crédito?

El DS49, cuando exista una convocatoria habilitada y se cumplan los requisitos.

¿Cuál es la opción para comprar con mayor ahorro?

El DS1, en el tramo correspondiente y durante un llamado vigente.

Las personas mayores en Chile pueden acceder a diversas alternativas habitacionales, pero no existe un solo programa que resuelva todas las necesidades. La primera decisión consiste en definir si se busca arrendar, comprar, construir o acceder temporalmente a una vivienda con apoyo social.

El Subsidio de Arriendo especial para personas mayores puede cubrir entre el 90% y el 95% de la renta mensual y no exigió ahorro mínimo en su último llamado. Sin embargo, la convocatoria de 2025 se encuentra cerrada y debe esperarse un nuevo anuncio oficial.

Al 13 de julio de 2026 se encuentra abierto el Subsidio de Arriendo regular. Las postulaciones finalizan el 7 de agosto de 2026. Las personas que superan los 60 años pueden postular solas, pero deben pertenecer hasta el 70% del Registro Social de Hogares, contar con 4 UF de ahorro y acreditar los ingresos exigidos.

El DS49 puede permitir comprar una vivienda sin deuda hipotecaria o construir en sitio propio. Las personas mayores pueden postular solas, pero deben cumplir los requisitos de vulnerabilidad, ahorro, ausencia de propiedad y llamado vigente.

El DS1 está dirigido a quienes cuentan con mayor capacidad de ahorro y pueden complementar el valor de la vivienda. En el primer llamado 2026, las personas mayores pudieron pertenecer hasta el 90% del RSH en los tramos 1 y 2. Ese proceso finalizó el 30 de junio de 2026.

Los Condominios de Viviendas Tuteladas son una alternativa para personas de 60 años o más, autovalentes, vulnerables y sin redes efectivas. La postulación está disponible durante todo el año, pero las viviendas se entregan en comodato y la asignación depende de los cupos.

Antes de cualquier postulación se debe revisar la cédula, ClaveÚnica, Cartola Hogar, cuenta de ahorro, ingresos, propiedades y beneficios anteriores. También conviene reunir certificados médicos y documentos de discapacidad cuando correspondan.

No se debe pagar a intermediarios ni entregar contraseñas para obtener un subsidio. Las postulaciones oficiales son gratuitas y los resultados deben consultarse directamente en los sitios del MINVU, SERVIU, ChileAtiende o SENAMA.

Mantener los antecedentes actualizados, leer la convocatoria completa y elegir el programa adecuado permite tomar una decisión informada y aumentar las posibilidades de completar correctamente el proceso habitacional.

Jorge muñoz

Redactor de contenido especializado en artículos para sitios web, mi objetivo es crear textos cautivadores, informativos y de alta calidad que atraigan y mantengan la atención de los lectores. Con una sólida formación en escritura creativa y una amplia experiencia en redacción en diversos temas, me dedico a investigar a fondo cada tema antes de redactar.

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